Todo el siglo XIX (decimonónico) estuvo inmerso en guerras civiles y en terminar las guerras de independencia, lo que dificultó poner más atención al ordenamiento del territorio. Durante este siglo se produjeron ocho (8) constituciones, donde el catastro no fue muy visible. No obstante cada constitución trajo su propia división geopolítica sin que para ello hubiera sido necesario modificar los límites establecidos en 1810.
Se destaca la ápoca entre 1850 y 1865, donde se le dio impulso a la conformación del mapa de Colombia a través de la comisión corográfica durante los gobiernos de Mosquera y López. Esta comisión fue dirigida por el coronel y geógrafo italiano Agustín Codazzi, quien conformó un grupo interdisciplinario, realizando un catastro temático y económico.
Para continuar con la tributación de la propiedad establecida en la constitución de Cúcuta de 1822, el gobierno creó la Ley 48 de 1887 que dio origen jurídico al catastro físico, cuyo único propósito era el de reglar el impuesto predial para seguir financiando las guerras entre centralistas y federalistas, o dicho de otra forma, entre liberales y conservadores.
El siglo decimonónico cierra un ciclo catastral donde se le hicieron varios ajustes al mapa de la República de Colombia, pero nunca sus áreas fueron cuantificadas en su verdadera extensión.
Una segunda etapa del Catastro (Catastro Militar) es la originada en el siglo XX con una periodicidad comprendida entre 1908 y 1983. Este siglo catastral lo llamo período de Catastro Militar porque toda la representación y operatividad estuvo puesta en las fuerzas militares cuando en 1935 se expide el Decreto 140, por el cual se crea el Instituto Geográfico Militar y Catastral (IGMC) dependiente del Estado Mayor del Ejército.
También se dio la creación del Instituto Geográfico Agustín Codazzi por iniciativa de la Junta Militar golpista en cabeza del General Gustavo Rojas Pinilla, mediante el decreto 290 de 1957. Aunque el siglo XX fue muy prolijo en legislación catastral, siempre estuvo atrás del desarrollo técnico y económico del país, siendo el catastro rural el más perjudicado como producto de la violencia bipartidista y la lucha por la tenencia de la tierra.
A partir de 1983, empieza una tercera etapa del catastro con la creación de la Ley 14 de ese año, dándole fortaleza a los fiscos de las entidades territoriales; reconoce al IGAC como máxima autoridad catastral asignándole labores de formación, actualización y conservación de los catastros. Este es el comienzo del Catastro Multipropósito. Es decir tiene nombre y apellido. Es multipropósito porque al componente fiscal, se le agrega el jurídico, físico y económico. Es interoperable porque tiene articulación con diferentes plataformas de información.
Trabaja en comunicación directa con la Superintendencia de Notariado y Registro. El IGAC continúa como la máxima autoridad catastral del país, pero crea la figura de gestores y operadores catastrales con un criterio descentralista y de fortalecimiento a las regiones.
Siendo el catastro multipropósito un instrumento de ordenación y de planeación del territorio, se espera que para el 2025 pueda estar actualizado en un 100%, y los municipios puedan incrementar exponencialmente sus ingresos.
JAIRO ARANGO GAVIRIA

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